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Compromiso y Solidaridad

En atención al uso de sus atribuciones conforme artículo 50 inc. “J” de la Ley 5177, el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires ha ido adoptando diversas medidas respecto de la fijación del monto de la matrícula anual

Antes de la emergencia sanitaria derivada del COVID 19, y en atención a la situación económica general, en el mes de noviembre de 2019 se dispuso mantener la matrícula fijada en el año anterior, con una disminución del 20% sobre el valor del jus arancelario, conforme ley 14.967 en la que se fija.

Posteriormente, en el estado actual de emergencia y no obstante los innumerables reclamos realizados por los veinte Colegios departamentales en pos del restablecimiento del servicio de justicia, se han adoptado diversas medidas para acompañar la enorme disminución de trabajo y la lógica merma de ingresos que hoy padecen las abogadas y abogados de nuestra provincia.

En tal sentido se ha resuelto:

Prorrogar el vencimiento del pago de la matrícula anual y/o la 1era. Cuota -originariamente fijado para el 31 de marzo de 2020- hasta el 31 de mayo próximo.

Congelar hasta el 31 de mayo del corriente el valor del Jus Arancelario, como parámetro del cálculo de la misma, en el monto vigente desde octubre de 2019.

Condonar desde el 1 de enero y hasta el 30 de junio los intereses derivados de la mora en el pago de la matrícula anual correspondiente al año 2019 y anteriores, manteniéndose como unidad de medida para las mismas el jus arancelario vigente desde octubre de 2019.

Mantener el valor del Bono Ley 8480, suspendiendo transitoriamente la vigencia de la resolución que fijaba su ajuste automático en el 40% del valor del jus arancelario.

Habilitar que todos los matriculados y las matriculadas puedan generar y y abonar el bono de la ley 8480 por medios electrónicos

Seguiremos acompañando permanentemente a nuestras abogadas y nuestos abogados, comprometiéndonos a adoptar todas aquellas medidas necesarias para superar la crisis, con solidaridad y responsabilidad institucional .

Ver Resolución  https://bit.ly/2xjYhQV